FAQs

Aunque aquí lo que queremos es "racanrol" y diversión, algunas cuestiones serias sí que no queda más remedio que aclararlas para que no haya duda. Aquí van las clásicas FAQs. Esta página realmente es chunga pero inevitable.

¿Puedo descargar gratis y legalmente la música que encuentre en el blog? Por supuesto, es completamente gratis y legal y, naturalmente, con consentimiento de los músicos. El sistema de licencias Creative Commons permite descargar y distribuir legal y gratuitamente la música. 
Este no es un blog de descargas piratas, ni aquí fomentamos la piratería. Al contrario, somos escrupulosamente respetuosos con los derechos de autor. De hecho el grado de éxito que podamos tener es inversamente proporcional al nivel de piratería. Cuanta más piratería haya, menos éxito tendrá este blog y otros como este ("si me puedo pillar pirata el último de Iron Maiden, ¿para qué voy a ir a este blog de grupos raros?"), y a la inversa.

Entonces ¿este es un blog de descargas gratis?
Sí y no. Este es un blog de descargas libres. No es lo mismo libre que gratis. Muchos artistas permiten que sus obras sean descargadas gratuitamente de internet pero se reservan todos los derechos sobre sus obras (copyright). Nosotros no estamos interesados en esa clase de música, es decir, en la música gratis. Nos dedicamos a promocionar la música libre, que permite más usos que simplemente "el artista me deja que me baje sus discos". Por otra parte, la música libre no es incompatible con que dones al artista o te compres su disco si buenamente puedes, algo a lo que aquí siempre animamos y hacemos cuando nuestra paupérrima economía nos deja.

Pero en el fondo ¿no es lo mismo a efectos prácticos que sea creative commons o que sea copyright con descarga gratis?
No, ni mucho menos es lo mismo. No se trata solo de descargar música y compartir opiniones -lo que ya es muy bueno de entrada- sino de hacer las típicas cosas que hacemos los fans de esta música y que técnicamente no podríamos con el copyright sin arriesgarnos a un cacho de demanda: hacer un recopilatorio, montar una radio, hacer un vídeo con nuestra música favorita, hacer fanarts y hasta un programa de TV si quieres. Conozco a unos colegas que querían montar una radio de heavy por pura afición y la SGAE les pedía una pasta, así que no pudieron. Cosas como esta ya no son un obstáculo con Creative Commons. 

Vale, pero ¿cómo sé exactamente lo que puedo hacer con la música copyleft que descargue y lo que no puedo hacer?
Depende de los términos de la licencia. Hay artistas que permiten dar más usos y otros son más restrictivos, pero todos permiten como mínimo que descargues y difundas su música. En este blog, en otros muchos y en la web de Creative Commons encontrarás más información al respecto. Al pie de cada reseña de un disco hay una serie de símbolos que representan los términos de la licencia. Pinchando en la imagen podrás obtener más información de los usos que el artista permite.

¿Qué pasa si un artista "se pasa al copyright"? ¿Sigue siendo legal descargar su música copyleft? En principio la respuesta es que sí. Algunos artistas licencian libremente toda su música, otros solo una parte de su música. Es muy común, por ejemplo, que los artistas se den a conocer utilizando Creative Commons y más tarde decidan reservar todos los derechos (copyright) en trabajos posteriores. Y también sucede al contrario, hay artistas "copyright" que posteriormente licencian sus trabajos con Creative Commons. A nosotros nos parece perfecta cualquiera de las combinaciones. Pero solo tratamos los lanzamientos "copyleft", es decir, con licencia libre.

¿Y si un artista "pasa al copyright" también discos que antes licenció libremente? Entonces la cosa cambia radicalmente, amig@. Por lo menos en España, la Ley de propiedad intelectual (art. 14.1) establece claramente que corresponde al autor el derecho irrenunciable e inalienable de "Decidir si su obra ha de ser divulgada y en qué forma". Creative Commons es un invento de Estados Unidos, por lo que solamente está vigente en España en cuanto no contradiga la Ley de propiedad intelectual de España. Y en España la ley de propiedad intelectual permite que el artista licencie un día con Creative Commons y al siguiente lo cambie, y al siguiente lo vuelva a poner y mañana lo cambie otra vez... aunque tanto mareo de licencias no sea habitual. Si nos visitas desde otro país que no sea España, debes consultar la legislación de tu país al respecto. Sentimos no poder ayudar más.

¿Entonces cómo puedo protegerme frente a reclamaciones de un artista por haber usado/descargado su obra cuando "era" copyleft si posteriormente cambia a una licencia copyright? Si en ese momento de utilizar la música el uso era legal, el artista no puede oponerse. Por ejemplo, si has hecho un documental y has usado una canción copyleft para ambientarlo, el artista no puede oponerse a que uses esa canción en tu documental incluso si esa canción dejó de esta protegida con Creative Commons posteriormente. Otra cosa es cómo probar que la música era copyleft en ese momento. En principio las capturas de pantalla son una buena opción.

¿Qué pasa si en este blog hay una reseña de un disco que antes era copyleft pero ya no lo es? En nuestra experiencia es algo relativamente poco frecuente, pero algún caso hay. Cuando eso ocurre editamos la reseña avisando de que el disco en cuestión ya no "es" copyleft y borramos cualquier link de descarga. Si un artista ha cambiado la licencia de un disco que compartimos por aquí a "copyright", pero no nos hemos dado cuenta, te pedimos que por favor nos informes de ello en el correo electrónico freehardrock@gmail.com o por cualquier otro medio a fin de que podamos editar la reseña y borrar cualquier enlace de descarga.

¿Puedo usar  las críticas de tu blog para mi sitio web/fanzine/etc? Por supuesto. Toma lo que quieras y no nos pidas permiso. Pero respeta los términos de la licencia. Todo el contenido está licenciado con BY-SA (Atribución-Compartir Igual). Mientras nos reconozcas como los autores del material y compartas la reseña bajo la misma licencia nos parece perfecto. Si no va a ser así, ponte en contacto con nosotros y lo estudiamos.

Otra cosa. La radio no me funciona. Seguramente estás navegando con Google Chrome entonces. No es un fallo que dependa de nosotros. A partir de la versión Chrome 21, este navegador solo acepta Flash Player si la página "tiene" htpps. Puedes probar a cargar la página utilizando la dirección https://hardrockfree.blogspot.com Pero tampoco es seguro que funcione así.

No puedo publicar comentarios en el blog. Algún usuario reporta problemas publicando comentarios, ya que Blogger no le deja. No tenemos ni idea de a qué se debe, pero si te pasa a ti también, por favor haznos saber el problema a freehardrock@gmail.com para hacernos una idea de la gravedad del problema e intentar arreglarlo

¿Qué beneficios obtiene este blog? Económico ninguno. Cero pasta. Pura melomanía. Nuestro trabajo es completamente voluntario. No hay publicidad, por no haber no hay ni donaciones... nada de nada. 

No me lo creo. ¿Qué no? Que es verdad hombre, nada jeje. La realidad es que sí obtenemos beneficios "espirituales". En realidad esta web es un lugar "tranquilo y seguro" donde compartir música en internet. En una época en la que cada vez se estrecha más el cerco al usuario de internet, el tener un pequeño sitio donde pasarnos enlaces, montar una radio de aficionados o un vídeo en youtube sin que nos llamen ladrones, ni sentirnos culpables, sin que nos cierren un sitio hecho con todo el cariño al rock y poder hablar de la música que nos gusta es el verdadero motivo de por qué una vez nació este blog.

Afortunadamente, no se me ocurren más FAQs. Salud y buenos alimentos, que dijo aquél.

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